La ley del ISLR incluye numerosas exenciones como por ejemplo:
- las entidades venezolanas de
carácter público, el Banco Central de Venezuela y el Fondo de Inversiones
de Venezuela, así como los demás institutos oficiales autónomos que
determine la ley.
- Los agentes y demás
funcionarios diplomáticos extranjeros acreditados en la república, por las
remuneraciones que reciban de su gobierno.
- Las instituciones benéficas y
de asistencia social.
- Los trabajadores o sus
beneficiarios, por las indemnizaciones que reciban con ocasión de trabajo
y fideicomisos.
- Los asegurados y sus
beneficiarios, por las indemnizaciones que reciban en razón de contratos
de seguros.
- Los pensionados y jubilados,
por las pensiones que perciban por concepto de invalidez, retiro o
jubilación.
- Los donatarios, herederos y
legatarios, por las donaciones, herencias y legados que perciban.
- Los afiliados a las cajas,
cooperativas de ahorro y a los fondos o planes de retiro, jubilación e
invalidez por los aportes que hagan las empresas u otras entidades a favor
de sus trabajadores.
- Las personas naturales, por los
enriquecimientos provenientes de intereses generados por depósito a plazo
fijo, cédulas hipotecarias, certificados de ahorro y cualquier otro
instrumento de ahorro previsto en la Ley General de Bancos o en leyes
especiales, así como los rendimientos por inversiones en fondos mutuales o
de inversión de oferta pública.
- Las instituciones de ahorro y
previsión social, los fondos de ahorro, y previsión social, los fondos de
ahorro, de pensiones y de retiro.
- Los enriquecimientos
provenientes de los bonos de la deuda pública nacional y cualquier
modalidad de título valor emitido por la república.
- Los estudiantes becados por los montos que reciban para cubrir sus gastos de manutención, estudios o formación.
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