a) Las personas naturales;
b) Las copias anónimas
y las sociedades de responsabilidad limitada;
c) Las sociedades en
nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades, así como cualesquiera
otras sociedades de personas, incluidas las irregularidades o de hecho;
d) Los titulares de
enriquecimientos provenientes de actividades de hidrocarburos y conexas, tales
como la refinación y el transporte, sus regalistas y quienes obtengan
enriquecimientos derivados de la exportación de minerales, de hidrocarburos o
de sus derivados;
e) Las asociaciones,
fundaciones, corporaciones y demás entidades jurídicas o económicas no citadas
en los literales anteriores.
f) Los establecimientos
permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio nacional.

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