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¿QUIENES SON CONSIDERADOS CONTRIBUYENTES EN MATERIA E IMPUESTO AL VALOR AGREGADO?

 

Contribuyentes Ordinarios

Según Moya Millán los contribuyentes ordinarios son:

a)    Los prestadores habituales de servicio.

b)    Los industriales comerciantes.

c)    Los importadores habituales de bienes.

d)    Toda persona natural o jurídica que realice actividades, negocios jurídicos u operaciones consideradas como hecho imponible por la ley.

e)    Los almacenes generales de depósito por la prestación de servicio de almacenamiento, excluida la emisión de títulos valores que emitan con la garantía de los bienes objeto de depósito.

f)      Las empresas públicas constituidas bajo las figuras jurídicas de sociedades mercantiles, las empresas de arrendamiento financiero y los bancos universales, serán contribuyentes ordinarios en calidad de prestadores de servicios, por las operaciones de arrendamiento financiero o leasing.

g)    Institutos autónomos y demás entes descentralizados y desconcentrados de los estados y municipios.

Contribuyentes Ocasionales

a)    Los importadores no habituales de bienes muebles corporales.

b)    Las empresas públicas constituidas bajo la figura jurídica de sociedades mercantiles.

c)    Los institutos autónomos.

d)    Entes descentralizados y desconcentrados de los estados y municipios.

Contribuyentes Formales

Son los sujetos que realicen exclusivamente actividades u operaciones extensas o exoneradas del impuesto, y sólo están obligadas a cumplir con los deberes formales que corresponden a los contribuyentes ordinarios.




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