El Decreto Constituyente contentivo de la Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado vigente, fue publicado en la Gaceta Oficial N° 6.507 Extraordinario, de fecha 29 de enero de 2020 y señala en su artículo 27, que la alícuota impositiva general puede estar comprendida entre el 8% y el 16,5%, y la misma podrá ser modificada por el Ejecutivo Nacional. Es importante señalar que, en esta Reforma Parcial, se incluyó una alícuota adicional, la cual puede ser modificada por el Ejecutivo Nacional, comprendida entre un límite mínimo de cinco por ciento (5%) y un máximo de veinticinco por ciento (25%), aplicable los bienes y prestaciones de servicios pagados en moneda extranjera, criptomoneda o criptoactivo distinto a los emitidos y respaldados por la República Bolivariana de Venezuela. Ahora bien, en la Gaceta Oficial N° 41.788, de fecha 26 de diciembre de 2019, se publicó el Decreto N°...
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